Garantiza que el Contratista a quien se adjudique el contrato, lo firmará y
mantendrá los términos y condiciones de la oferta.
Garantiza el reintegro del dinero que el Acreedor otorga al Afianzado, a fin de que este disponga el capital, para iniciar la ejecución de la obra.
Garantiza el Fiel cabal y oportuno cumplimiento por parte del Afianzado, de toda y cada una de las obligaciones que resulte a su cargo, y a favor del Acreedor, de acuerdo al Contrato entre ellos suscrito.
Se garantiza hasta el 10% del costo de la mano de obra del total del contrato firmado, para el pago de los empleados o sub contratados del Afianzado, en virtud de la solidaridad, establecida en La Ley Orgánica del Trabajo de los Trabajadores y Trabajadoras según el Artículos Nos. 49 y 50 entre: Contratante y Contratista.
Garantiza el fiel cabal y oportuno del cumplimiento y obligaciones establecidas en el contrato, de los materiales empleados en la obra de la misma calidad y condiciones ofrecidas en el contrato.
Garantiza los resultados de un proceso judicial.
Garantiza el cumplimiento de Multas, omisión, procesos administrativos o incumplimiento de normas legales al Afianzado.
Garantiza los posibles daños y perjuicios que pudiera ocasionar a terceros,
propiedades bienes de la Republica o particulares, por errores, omisión o negligencia del Afianzado o personal a su cargo, causados durante la ejecución de una obra.
Cubre un lapso de garantía para comprobar si en la obra no presenta en sus
instalaciones, equipos y servicios desperfectos que funcionen correctamente.